miércoles, 4 de marzo de 2015



 
Estimados, les envío información sobre la presentación que realizaron ayer investigadores de la Facultad de Agronomía de la UBA, respecto de las consecuencias del dragado que se lleva a cabo en el Riachuelo y la contaminación de las aguas.
 
Se adjunta una foto del sector de Cuatro Bocas, donde se realizaron los estudios, y otra de los buzos tomando las muestras de sedimentos.
 
Agradecemos su difusión.
 
Saludos
 
Juan Manuel Repetto
Prensa
Facultad de Agronomía -UBA
 
 

La UBA advierte sobre los riesgos del dragado del Riachuelo

Investigadores de la Facultad de Agronomía de la UBA señalaron que existen altísimos niveles de contaminación en el sector de Cuatro Bocas y que los sedimentos no pueden continuar arrojándose al Río de la Plata sin un tratamiento adecuado.
La Facultad de Agronomía de la UBA (FAUBA) presentó un informe que advierte sobre los riesgos del dragado que se realiza en la zona de Cuatro Bocas del Riachuelo. Según los investigadores, estos sedimentos no se deberían seguir trasladando al Río de la Plata sin medidas de contención o un tratamiento previo, debido a que su altísimo grado de contaminación podría afectar una fuente de agua potable de la Ciudad de Buenos Aires y gran parte del conurbano bonaerense.
El informe presentado ayer en el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo por un equipo interdisciplinario de profesionales de la FAUBA y de la Fundación Agronegocios y Alimentos, adquiere una relevancia especial respecto de otros realizados con anterioridad en el Riachuelo, porque es la primera vez que se informa sobre la contaminación de sedimentos en el sector de Cuatro Bocas, donde confluyen la desembocadura del Riachuelo, el Río de la Plata, Dock Sud y los diques de Puerto Madero.
Los resultados del estudio mostraron que en ese lugar existen altos niveles de metales pesados, principalmente cromo, arsénico, zinc y cobre, muy superiores a los permitidos por las normas internacionales para ser reubicados libremente en un cuerpo de agua.
Debido a que en la Argentina no existen normas específicas para la operatoria de dragado, la calidad de los sedimentos y su disposición, el estudio de la FAUBA tomó en cuenta los parámetros y niveles utilizados en Holanda, Canadá y España, aceptados internacionalmente.
"Los resultados evaluados por las tres normativas muestran el riesgo asociado a la disposición del material dragado del Riachuelo en aguas abiertas del Río de la Plata. Por lo tanto, la disposición del material dragado de la zona de Cuatro Bocas no debe realizarse libremente en aguas y se aconseja evaluar medidas de contención u otras alternativas para su reubicación", indica el informe realizado por las investigadoras Alicia Fabrizio de Iorio y Alicia Rendina, de la cátedra de Química Analítica.
"El Riachuelo es un río de llanura, tiene un proceso de constante sedimentación y condiciones que favorecen la retención de contaminantes en el lecho. En particular, este sector de Cuatro Bocas posee un alto grado de contaminación debido a fuentes puntuales y difusas de una zona altamente industrializada", sostuvo Hugo Cetrángolo, investigador de la FAUBA. Y añadió: "Cuando los elementos se trasladan a aguas abiertas, pasan de un medio anaeróbido (sin oxígeno), como es el Riachuelo, a uno aeróbico, como el Río de la Plata, y hay una tendencia a la solubilización en el agua".
Las obras de dragado sobre el sector de Cuatro Bocas habían sido frenadas en marzo de 2013 por el Juzgado Federal de Morón Nº 2, en el que recayó la competencia del caso Riachuelo por orden de la Corte Suprema de Justicia, hasta que se definieran las normas de control que permitan atenuar el impacto ambiental. La medida cautelar hacía lugar a un recurso de amparo presentado por la Fundación Agronegocios y Alimentos, sobre la base del informe técnico de la FAUBA. Ahora el máximo tribunal de deberá dirimir el conflicto.
Tras la presentación del informe de la FAUBA, los investigadores anticiparon que a futuro continuarían haciendo nuevos estudios y definiendo una propuesta que permita implementar una normativa que regule el dragado y la disposición de sedimentos contaminados según parámetros más exigentes, adecuados a las normativas reconocidas internacionalmente.
 
 



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